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Sin existencias
La puesta en operación del reactor de Laguna Verde, iniciada a fines de 1988, se efectúa en el marco de una apasionada controversia. Una de las facetas fundamentales de esta aún no zanjada polémica, es la relacionada con las medidas y dispositivos de seguridad concebidos para esta instalación. El código vigente en materia nuclear establece la obligación para el operador de la planta de preparar un plan de emergencia que garantice la seguridad de las poblaciones inmediatas a aquélla. Por esta razón, la Comisión Federal de Electricidad ha desarrollado un Plan de Emergencia Radiológica Externo que considera solamente una zona de 60 kilómetros alrededor de la planta. En el presente estudio, los autores hacen una crítica, tan necesaria e inaplazable como bien documentada del relativo alcance y de la consistencia de dicho plan.
Alejandro Nadal
Octavio Miramontes Vidal