A continuación presentamos los lineamientos que deben regir el proceso de producción editorial de los originales enviados a la Dirección de Publicaciones, que tienen como propósito darle mayor fluidez, y conseguir mejores resultados, de acuerdo con las necesidades de los centros de El Colegio. Se trata de una guía que busca disminuir el número de trámites y abatir los márgenes de error.
1. Para iniciar el proceso de producción editorial de una obra, cada centro entregará a la Dirección de Publicaciones los manuscritos originales completos en archivo electrónico y una copia impresa (conforme a los lineamientos que se señalan en el apartado “Autores: normas para la entrega de originales”), acompañados de la carta de propuesta del centro, y copia del contrato de coedición –si lo hubiera–. La carta deberá contener los elementos que se muestran en el ejemplo que puede consultarse aquí: Carta modelo para entrega de originales a la Dirección de Publicaciones. También deberá anexarse el Formato de características básicas del material.
2. El texto entregado a la Dirección de Publicaciones será considerado el original terminado y no se realizarán adiciones, correcciones ni reescrituras posteriores a la entrega y una vez iniciado el proceso de edición. No se considerará entregado si falta alguno de los requisitos mencionados.
Respecto al párrafo anterior, es importante señalar que cualquier adición de contenido, reescritura o cambios estructurales mayores son procesos que generan demoras y gastos adicionales, en muchos casos elevados, mismos que impactan el precio final de venta al público de la obra. En caso de que los autores o editores lleven a cabo alguno de estos procesos, ellos deberán cubrir el costo total al que asciendan los cambios realizados.
3. La Dirección de Publicaciones llevará a cabo una revisión de los materiales consignados para comprobar el estado de los mismos y para corroborar que se encuentren todos los elementos que integran la obra según su índice. También hará un análisis editorial de cada título con la finalidad de definir sus características editoriales. Esto incluye sugerencias sobre el tiraje, el formato y el soporte del texto, así como los pasos a seguir para su publicación.
El análisis de esta Dirección se limita a las características estructurales de la obra, misma que es dictaminada y evaluada académicamente por cada centro de estudio, previamente a la entrega del original a esta Dirección. La Dirección de Publicaciones no tiene atribuciones para evaluar, dictaminar o autorizar la publicación de las obras.
4. En lo que se refiere a coediciones, ningún libro empezará a trabajarse hasta que se encuentren firmados los contratos pertinentes, lo que es responsabilidad del director del centro correspondiente, el secretario general y el abogado de El Colegio de México. La Dirección de Publicaciones puede apoyar en la elaboración del presupuesto para dicho instrumento. En el contrato deberá quedar establecida la responsabilidad editorial de El Colegio, así como los créditos y logotipos que la publicación debe llevar y su ubicación específica. Igualmente, si se trata de publicaciones que cuenten con el apoyo de alguna fundación o que compartan créditos de distintos centros y programas, esto debe ser especificado en detalle en la carta inicial de envío del manuscrito a Publicaciones. El Colegio de México podrá o no ser el responsable de la producción del libro, lo cual deberá ser definido en el contrato de coedición. Sin duda, la recomendación, en el caso de obras originadas en El Colegio, es que la Dirección de Publicaciones lleve a cabo el proceso de edición de principio a fin.
5. Los originales deberán venir unificados en su manera de citar, con las bibliografías, notas al pie e información adicional, colección a la que pertenece el libro (y en su caso número de la colección), material fotográfico o ilustraciones, cuadros estadísticos, gráficas y mapas completos (si los lleva), además de una propuesta de imagen de portada, un texto de 1,500 caracteres con espacios acerca de la obra para el texto de la contraportada y un texto de 500 caracteres con espacios sobre el autor; en el caso de obras coordinadas, no habrá texto biográfico del coordinador. Todo archivo electrónico debe ir acompañado de una copia impresa.
En los casos de las compilaciones de artículos, memorias de coloquios o similares, el coordinador deberá llevar a cabo las mismas operaciones que el autor, considerado para fines prácticos como tal, pues realizará el trabajo de acopio del material, revisión del original, unificación de bibliografías y estilos de cita, etcétera.
6. La revisión o corrección de estilo realizada por la Dirección de Publicaciones será presentada al autor o al centro para su aprobación, y se aclararán las dudas que surjan en el proceso. Independientemente de que el texto haya sido revisado por correctores de estilo antes de su entrega a la Dirección de Publicaciones y de que haya garantía de su buena escritura, el proceso editorial incluirá como primera fase la corrección de estilo con el fin de aplicar desde el inicio los criterios editoriales que distinguen a las publicaciones de El Colegio. Las pruebas subsecuentes (primeras, segundas) serán presentadas al autor o al centro para su visto bueno; así mismo, se presentarán las pruebas finas con el mismo fin antes de ser enviadas a imprenta. En esta etapa no se podrán hacer cambios en el texto, sino sólo correcciones de erratas.
En ningún momento el autor o editor deberá incluir las correcciones marcadas, en ninguna de las etapas, en un archivo electrónico. Ese trabajo corresponde al proveedor al que la Dirección de Publicaciones haya asignado el trabajo.
7. Para la elaboración de la portada, se solicitará al autor algunas imágenes o ideas como sugerencia o referencia sobre las que la Dirección de Publicaciones trabajará propuestas que se presentarán a su consideración. La decisión final de la portada será responsabilidad de la Dirección de Publicaciones.
8. Respecto a las revistas en formato impreso, éstas deberán ser entregadas a la Dirección de Publicaciones con un mínimo de cuatro meses antes de la fecha de circulación, con la finalidad de cumplir con la periodicidad. Las revistas estarán sujetas a las mismas normas que rigen la publicación de los libros antes mencionados.
9. Para las reediciones, se analizará la pertinencia en cada caso en particular.
10. En ningún caso el centro, Programa o autor establecerán contacto con el proveedor de servicios editoriales o de impresión sin la participación de la Dirección de Publicaciones.